CUENTA SUELDO


El día 22 de junio el ministro Tomada firmó la resolución 653/10 que regula la aplicación de la ley 26590 sancionada el 4/5/10.

Esta ley establece que el funcionamiento de la cuenta sueldo no podrá tener límite de extracciones ni costo alguno para el trabajador hasta el importe correspondiente a las retribuciones de dinero que se acrediten a su favor.
Los aspectos relevantes para tener en cuenta son:
1- No habrá límites de extracciones de efectivo ni costo alguno para el trabajador hasta el importe correspondiente incluyendo las asignaciones familiares y las prestaciones dinerarias que reciban por incapacidad
2- Los usuarios de estas cuentas tendrán acceso a toda lared nacional de cajeros automáticos sin los costos que hoy supone utilizar terminales no pertenecientes al banco emisor de la tarjeta.
3- El trabajador podrá consultar sin cargo los últimos 10 movimientos de la cuenta en los cajeros del banco emisor de la tarjeta.
4-El trabajador puede designar un cotitular( cónyuge ,conviviente o familiar directo). a fin de realizar toda operación autorizada por el titular.

El Banco Central determinó mediante comunicado a las entidades bancarias que tienen plazo hasta el 12/ 07 para ajustarse a esta nueva modalidad y que antes de esta fecha deberán reintegrar a los trabajadores los importe cobrados o debitados de las cuentas sueldos por comisiones desde del 14/05 /10 fecha de entrada en vigencia de la norma.