PUNTAJE SUPLEMENTARIO (POR EXCEPCIÓN)

PROPUESTA ACUERDO PARITARIO
COMISIÓN DE TRABAJO ESTABILIDAD DOCENTE.


En todos los concursos de títulos y antecedentes previstos en los términos del art. 76 B para cubrir cargos jerárquicos en carácter de titular, convocados en el ciclo lectivo 2011, por única vez y de manera excepcional, al promedio final del mismo se adicionará un puntaje suplementario de 0,50 puntos por año lectivo o fracción no menor de 6 meses, por desempeño de funciones jerárquicas sin estabilidad y de igual nivel al cargo que concursa.

En caso de desempeño de funciones sin estabilidad en forma simultánea, solo podrá hacerse valer una de ellas, a opción del aspirante.

En los casos de desempeños sucesivos, sin simultaneidad, los puntajes resultantes serán acumulables.
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El puntaje suplementario se computará al 31 de diciembre del año anterior a la convocatoria a concurso y no podrá exceder de diez (10) puntos. Este se sumará al puntaje final del docente en el concurso.