RETENCION DE SERVICIOS

COMPAÑEROS:

LA RETENCION LA HACEMOS SIN CONCURRIR A LOS LUGARES DE TRABAJO.

Recordamos que pueden hacerla todos los compañeros docentes que habiendo realizado su escuela el alta correspondiente (marzo, abril) en el contralor, a la fecha no hayan cobrado sus haberes .Aclaramos que sólo podrán realizar retención de servicios en aquellos módulos o cargos afectados.

Los Cros. que están en retención deben entregar la copia de la nota firmada por la Escuela en la Seccional, para ser elevada por la Secretaría Gremial del Sindicato al Consejo Escolar.